Conductores y copilotos deberán portar chaleco con placa visible y casco certificado. Te explicamos más detalles sobre el uso de chalecos para motociclistas.
Desde el domingo 9 de noviembre, la obligación de llevar el chaleco con número de placa en motocicletas solo se aplicará en los distritos que están en estado de emergencia dentro de Lima Metropolitana y el Callao. Esto fue dispuesto en el Decreto Supremo N.º 018-2025-MTC, documento con el que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones modificó parte del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1216 y del Reglamento Nacional de Tránsito.
La norma también detalla nuevas características para el uso de cascos y lentes de protección. Los motociclistas podrán usar visores de distintos colores, y no únicamente transparentes, siempre y cuando estos formen parte del diseño original de un casco certificado de fábrica. El objetivo es asegurar protección adecuada sin limitar opciones.
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¿En qué distritos es obligatorio el uso de chalecos?
Según indicó el MTC, estas medidas buscan facilitar el control del tránsito en las zonas donde rige el estado de emergencia, además de reducir accidentes relacionados con el uso incorrecto de cascos o la falta de implementos obligatorios. La intención es reforzar la seguridad tanto de los conductores como de los pasajeros.
Debido al Decreto Supremo N.º 018-2025-MTC y al estado de emergencia establecido mediante el Decreto Supremo N.º 124-2025-PCM, todos los motociclistas que circulen en los 43 distritos de Lima Metropolitana y en los 7 distritos del Callao deberán llevar chaleco de forma obligatoria mientras se mantenga la medida.

(Foto: Andina Noticias)
Lima Metropolitana
- Ancón
- Ate
- Barranco
- Breña
- Carabayllo
- Chaclacayo
- Chorrillos
- Cieneguilla
- Comas
- El Agustino
- Independencia
- Jesús María
- La Molina
- La Victoria
- Lima (Cercado de Lima)
- Lince
- Los Olivos
- Lurigancho (Chosica)
- Lurín
- Magdalena del Mar
- Miraflores
- Pachacámac
- Pucusana
- Pueblo Libre (Magdalena Vieja)
- Puente Piedra
- Punta Hermosa
- Punta Negra
- Rímac
- San Bartolo
- San Borja
- San Isidro
- San Juan de Lurigancho
- San Juan de Miraflores
- San Luis
- San Martín de Porres
- San Miguel
- Santa Anita
- Santa María del Mar
- Santa Rosa
- Santiago de Surco
- Surquillo
- Villa El Salvador
- Villa María del Triunfo
Callao
- Bellavista
- Carmen de la Legua-Reynoso
- Callao
- La Perla
- La Punta
- Mi Perú
- Ventanilla
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¿Cuáles son las multas por no usar chalecos?
El código G.68 establece una multa para los motociclistas que no utilicen el chaleco reglamentario, mientras que el código G.69 sanciona cuando el número de placa colocado en el chaleco no es visible. En ambos casos, la multa es de S/428, equivalente al 8% de la UIT. Además, estas infracciones suman 20 puntos en el récord del conductor y permiten la retención del vehículo, de acuerdo con lo explicado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
La norma también fija nuevas especificaciones sobre los accesorios de seguridad que deben usar los motociclistas. El casco debe ser certificado, y en caso de no tener visor, se requiere el uso de lentes protectores. Estas reglas aplican tanto al conductor como al acompañante. Si no se cumplen estas condiciones, se incurre en la infracción G.59, que también implica una multa de S/428 y la retención del vehículo, según lo detallado en el decreto.
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